Seminario: “Ley de Financiamiento Urbano Compartido” motivó a municipios de Ñuble para futuras obras

04 / 12 / 18
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Con la presencia del Intendente de la región de Ñuble Martín Arrau García Huidobro, la presidenta de la CChC Chillán, María Eugenia Rojas Elorrieta, directores de Secpla y  de departamentos de obras de municipios ñublensinos, socios de la cámara y profesionales del área, se desarrolló el Seminario: “Ley de Financiamiento Urbano Compartido” organizado por la entidad gremial en conjunto con la Intendencia de la Región de Ñuble. 

El objetivo de esta actividad inserta en el plan de trabajo del Comité de Obras e Infraestructura de la CChC Chillán fue ampliar el abanico de opciones al momento de generar proyectos de infraestructura y mejoramiento para el territorio de Ñuble.

Las exposiciones estuvieron a cargo de Carlos Piaggio Valdés, Gerente de Infraestructura, CChC Santiago: “Alianzas Público-Privadas para el Desarrollo Urbano”; Carlos Urrestarazu Carrión, Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Ñuble: “Oportunidades de intervenciones FUC para Ñuble” y Fernando Marín Cruchaga jefe (s) Gestión Urbana y Territorial División Desarrollo Urbano Ministerio de Vivienda y Urbanismo: “Una mirada pública para la Ley de Financiamiento Urbano Compartido (FUC)”.

En la oportunidad la presidenta de la CChC Chillán, María Eugenia Rojas Elorrieta señaló que este tipo de políticas públicas necesitan ser difundidas, sobre todo en regiones, ya que son excelentes herramientas para la generación de proyectos de infraestructura utilizando pasivos de propiedad pública.

“Esta actividad la realizamos en conjunto con la Intendencia, ya que sabemos de la necesidad que tiene nuestra región de generar proyectos de infraestructura que permitan la creación de nuevos polos de desarrollo y la Ley de Financiamiento Urbano Compartido es precisamente una manera en que los municipios pueden aprovechar sus territorios y en conjunto con los privados generar grandes obras para sus comunas”, explicó la líder gremial.

Cabe mencionar que la Ley establece que cualquier persona natural o jurídica podrá proponer proyectos de obras y acciones relacionadas con la adquisición de bienes o la ejecución, operación y mantención de obras urbanas, a cambio de una contraprestación que puede consistir en otorgar derechos para la explotación de los mismos.

Estas iniciativas pueden ser propuestas, según el precepto en referencia, a los Serviu o a los municipios.