Beneficio a empresas: Conoce las ventajas de la Franquicia Tributaria y del Subsidio al Empleo

09 / 02 / 21
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La CChC Concepción, a través del Área Social, realizó una charla sobre ambos incentivos, en el marco de la “Mesa de Capital Humano” que estableció con el Sence regional. Conoce aquí las claves para optar a estos beneficios.

La primera actividad de la “Mesa de Capital Humano” que conformó el Área Social de la CChC Concepción junto a la dirección regional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) tuvo como propósito informar sobre el Subsidio al Empleo y la Franquicia Tributaria.

La mesa de trabajo es fruto de una potente agenda para fortalecer la alianza público-privada que impulsa el gremio, tras el duro golpe socioeconómico de la pandemia.

Tanto el Subsidio al Empleo como la Franquicia Tributaria son consideradas herramientas claves para reimpulsar el empleo, la productividad y apoyar la reactivación económica, según señaló el director regional del Sence, Oscar Aliaga, al dar a conocer los principales ejes del subsidio al empleo, que gestiona ese organismo.

El foco del beneficio es lograr la recontratación de trabajadores suspendidos y la nueva contratación de colaboradores, especialmente mujeres, jóvenes y personas con algún grado de discapacidad. Este proceso contará con incentivos especiales.

El subsidio por contratación es equivalente al 50% de la remuneración mensual bruta del nuevo trabajador, con un tope de $250.000 mensuales. Para los grupos mencionados anteriormente, el monto del subsidio aumenta al 60% de la remuneración con un tope máximo de $270.000 mensuales.

Respecto a la modalidad para regreso de trabajadores, la iniciativa contempla el pago de $160.000 por trabajador.

Aliaga recalcó que para las empresas no existe un tope para la entrega de subsidios y que pueden postular hasta el 31 de marzo, en la página web www.subsidiodelempleo.cl, con la clave tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Las empresas que deseen postular deben haber experimentado una caída en sus ingresos de al menos un 20% en sus ventas en el cuatrimestre abril a julio de 2020 en relación al mismo periodo de 2019. Esto, en el caso de las organizaciones que requieran recontratar a trabajadores.

Para las que deseen contratar a nuevos operarios, son compañías que aumenten su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio de 2020.

Los pagos de estos subsidios, tiene una vigencia de seis meses.

El director del Sence regional expresó que en época de cuarentena se suspende el pago, pero se retoma una vez que se levante esa medida sanitaria.

La Franquicia Tributaria y el Subsidio al Empleo son beneficios para las empresas y trabajadores que apoyan la productividad y la contratación.

BENEFICIO A LA CAPACITACIÓN

Uno de los beneficios “estrella” del Sence es la Franquicia Tributaria. Desde ese organismo expusieron sus principales alcances y resaltaron la visión equivocada de que su postulación es engorrosa y compleja.

El profesional de la Unidad de Empresas, Armando Carrillo, explicó que se trata de un incentivo tributario que financia la capacitación laboral y certificación de competencias. Además, se aplica a nivelación de estudios y formación técnica.

La franquicia tributaria permite a las empresas descontar del impuesto a la renta el gasto que realicen en capacitación durante el año, por hasta el 1% del total anual de remuneraciones de sus trabajadores. Para obtener el beneficio tributario, basta que la empresa informe al Sence sobre el inicio del curso y su culminación.

¿Quiénes pueden acceder? Las empresas contribuyentes de Primera Categoría ante el SII, las que tengan una Planilla Anual de Remuneraciones imponibles superior a 35 UTM y que tengan las cotizaciones previsionales de sus trabajadores pagadas.

El profesional además detalló el paso a paso de la postulación:

En un principio la empresa debe conocer el curso que desea someter a la franquicia tributaria, para luego:

1.Comunicar: La empresa debe comunicar electrónicamente, a la plataforma del Sence la información del curso que va a franquiciar.

2.Liquidar: La empresa debe liquidar el curso por mail y según corresponda enviar el certificado de asistencia electrónico y la factura de la OTEC pagada (hasta 60 días corridos una vez terminado el curso).

3.Declaración: Se debe presentar una declaración jurada de retención y pago de cotizaciones previsionales en el Sence entre enero y marzo del año siguiente.

4.Recuperación de la inversión: La empresa obtiene la certificación de liquidación en la declaración de impuestos.

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