Certeza Jurídica para la Construcción

06 / 01 / 14
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Es absolutamente legítimo el derecho de los ciudadanos a recurrir a los Tribunales de Justicia. Sin embargo, consideramos preocupante el aumento de situaciones en que, por vía judicial, se ha pretendido vulnerar la certeza jurídica de los actos administrativos relacionados con la actividad de la construcción y, especialmente, de permisos de edificación obtenidos de buena fe.

Nos preocupa, asimismo, que se mal utilice la acción de protección para dejar sin efectos permisos de edificación y detener proyectos inmobiliarios sin que ni siquiera sean notificadas las empresas responsables de estas obras, lo que afecta tanto a los propietarios de esas empresas como a sus trabajadores, que pierden su fuente laboral, y a los promitentes compradores de las viviendas.

Es en este contexto que valoramos el fallo de la Corte Suprema que rechazó el recurso de protección presentado por un vecino en contra de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana y de la Dirección de Obras (DOM) de la Municipalidad de Vitacura y en el cual objetaba que la Seremi instruyera a la DOM no aplicar el Artículo 27 del Plan Regulador Comunal (PRC) y aprobar el proyecto inmobiliario involucrado. La decisión de la Seremi se fundó en que dicho artículo se aparta de las materias que puede normar un PRC al fijar restricciones al número de estacionamientos según el ancho de la calle que enfrentan, materia que está regulada en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

En su fallo, la Corte Suprema estableció que los actos objetados no eran ilegales ni arbitrarios, sino plenamente fundados, ratificando la facultad de las Seremi de interpretar los instrumentos de planificación territorial. Cabe destacar además que dejó asentado que “tampoco se advierte (…) que el recurrente haya sido privado, perturbado o amenazado en algún derecho constitucionalmente garantizado, particularmente si no es posible inferir la existencia de alguna actuación que (…) haya puesto en entredicho su derecho de propiedad”.

Este punto es de suma importancia. Por su intermedio, la Corte Suprema establece que un recurso debe ser desechado al no probarse un perjuicio en los derechos del recurrente. Y este es el aspecto que, a nuestro juicio, hace la diferencia entre el legítimo derecho de los ciudadanos a recurrir a los Tribunales de Justicia –como sería el caso de quienes sean directamente perjudicados por un proyecto– y las acciones que emprenden otras personas que, movidas por una creciente industria del litigio, buscan vulnerar la certeza jurídica de los permisos de edificación.

Daniel Hurtado Parot

Presidente

Cámara Chilena de la Construcción

Nos preocupa que se mal utilice la acción de protección para dejar sin efectos permisos de edificación.