MAYORES COSTOS POR CAMBIOS EN LOS PROYECTOS

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Una de las consultas recurrentes que recibimos de socios de los comités de Contratistas Generales y de Obras de Infraestructura Pública, que trabajan directamente con contratos a suma alzada con mandantes públicos, es qué sucede cuando es la administración del Estado la que incurre en errores a la hora de entregar la información de las bases de licitación, lo cual trae como consecuencia más carga de trabajo o un proyecto diferente, y por ende, mayores costos.

Ante esta consulta, como Cámara Chilena de la Construcción hemos sostenido que es perfectamente lícito que un contratista reciba compensaciones cuando el mandante público no cumple a cabalidad con la entrega de todos los antecedentes para evaluar en detalle la licitación y, de ese modo, hacer su propuesta de manera correcta.

Es por esto que estimamos oportuno recordar el Dictamen N° 44066 de la Contraloría General de la República que, frente a un caso en el cual hubo diferencias entre los documentos impresos y aquellos digitales que formaron parte de una licitación, sostuvo que se debía compensar al contratista por los mayores costos en que incurrió por efecto de la referida diferencia, la cual era de estricta responsabilidad del mandante.

Éste es un claro ejemplo de que sí es posible que un contratista sea compensado cuando la administración del Estado no ha sido suficientemente diligente, ya que es obligación del mandante llevar a cabo procedimientos de licitación públicos, transparentes e imparciales, que permitan a todos los interesados conocer con exactitud el objeto de la convocatoria, a efecto de que éstos formulen sus ofertas en igualdad de condiciones.

Debido a lo anterior es que seguiremos trabajando junto con los mandantes en el perfeccionamiento de las bases de licitación para que este tipo de situaciones dejen de suceder y los proyectos se puedan ejecutar sin contratiempos.

Daniel Hurtado P.

Presidente

Cámara Chilena de la Construcción