Evaluación ambiental

09 / 03 / 12
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Sin entrar a comentar el fondo de la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta relativa a Central Castilla, nos parecen en extremo preocupantes ciertas situaciones que afectan la institucionalidad que se ha dado el país para evaluar ambientalmente los proyectos de inversión.

En primer lugar, no debiera existir posibilidad alguna de que interpretaciones subjetivas interfieran a la hora de determinar el marco de referencia aplicable a cada proyecto que es sometido a evaluación ambiental. Por el contrario, los servicios e instituciones que participen en esta instancia deben actuar –y resolver– sobre la base de criterios objetivos, definidos de antemano, de modo que no exista espacio para eventuales discrecionalidades.

Con ello, la discusión respecto de si Castilla es una actividad molesta o contaminante habría quedado zanjada en forma oportuna, dando paso a una determinación difícilmente objetable, evitándose judicializaciones que extienden más allá de lo razonable los procesos de aprobación, lo que termina siendo perjudicial para todos.

Definidos así los criterios generales aplicables a cada proyecto, se debe exigir que los Estudios de Impacto Ambiental –desarrollados bajo los lineamientos y supervisión del Servicio de Evaluación Ambiental– identifiquen claramente los impactos medioambientales sobre una determinada área y propongan medidas de mitigación y compensación adecuadas. Si con ello la iniciativa cumple con la legislación, entonces lo único procedente es que se le otorgue una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y se materialice sin contratiempos.

Por desgracia, hoy vemos que la certeza jurídica que debieran representar las RCA es cada vez más débil, lo que constituye una muy mala señal para quienes aspiran a desarrollar una iniciativa de inversión. Y que esta situación se dé en el ámbito de la energía, es doblemente preocupante.

En el caso de Castilla, los 2.100 MW que considera inyectar a la matriz representan el 22% de la capacidad de generación de los proyectos aprobados en el Sistema Interconectado Central (SIC) y que aún no inician su ejecución –incluyendo a HidroAysén–, porcentaje que aumenta a 48% si se consideran sólo los proyectos termoeléctricos aprobados ambientalmente y no iniciados en el SIC. Independiente de la fuente de generación de la cual provenga, la eventual pérdida de ese bloque de energía podría comprometer seriamente las posibilidades del sistema de responder a la demanda eléctrica de corto plazo y a las necesidades de desarrollo del país.

Gastón Escala Aguirre

Presidente

Cámara Chilena de la Construcción