Comité de Concesiones de la CChC trabaja para mejorar y promover la utilización de la Ley de Financiamiento Urbano Compartido

06 / 10 / 23
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La ley 19.865 de Financiamiento Urbano Compartido permite la construcción, operación y posterior transferencia de infraestructura pública por parte de empresas privadas al Estado. Y en este sentido, el comité de Concesiones de la CChC ha trabajado durante los últimos años en la perfección y promoción de este sistema de financiamiento.

Esta ley facilita la alianza público-privada para proyectos urbanos destinados a mejorar la calidad de vida de las personas en áreas urbanas, tales como, parques, calles, edificios consistoriales, municipales o provisión de recintos de salud, de atención a las personas mayores, de niños o gimnasios municipales, entre muchos otros proyectos de infraestructura pública urbana.

“El uso de esta ley implica una prestación por parte del privado, que incluye el diseño, construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura durante un periodo acordado. Después del periodo, la infraestructura se devuelve al Estado y se vuelve a licitar para que se mantenga en óptimas condiciones” explicó la directora de la CChC, Vivian Modak, quién agregó que también es posible actualizar esta infraestructura dependiendo de la comunidad y sus requerimientos.

En el ámbito de la contraprestación, es decir, lo que el Estado le ofrece al privado, es el derecho a operar y cobrar tarifas por los servicios prestados, se le proporciona también el terreno. “El Estado puede proveer el sitio, el terreno donde se va a hacer, puede entregar en comodato ese terreno, puede entregar una parte del terreno para desarrollo, por ejemplo, de proyectos inmobiliarios o hay posibilidades de permutar un terreno”, precisó Modak.

Frente a la baja utilización de esta ley, Modak explica que se requieren modificaciones para permitir la adecuada mitigación de los riesgos y también los procesos de financiamiento ”Porque tiene diferencias importantes respecto a la ley de Concesiones de Obras Públicas. Una vez que construyes la obra no puede ser prendada para la financiación, como ocurre con la ley de concesiones. Entonces, eso la debilita porque hace difícil financiar proyectos de infraestructura pública si tú no puedes avalar tu proyecto con la propia infraestructura”.

También destaca Modak, que dentro de las prestaciones y las contraprestaciones que se define para el contrato no está permitido el pago de subsidios, por ejemplo. “Entonces, hay veces que proyectos necesitan asegurar un ingreso mínimo o necesitan un subsidio para poder financiarse y para poder tener la certeza de que tú de ahí en adelante vas a poder, si crees que es un buen servicio, pagar tu financiamiento y además obtener tu rentabilidad, la rentabilidad que todos nos queremos”.

Otro de los elementos relevantes que desincentiva el uso de esta ley es que “es que en el caso de los municipios en particular, hay algunos de ellos muy pequeños que no tienen a los profesionales que tengan las capacidades técnicas para poder desarrollar y supervisar estos proyectos”.

Es por estas problemáticas que el comité de Concesiones de la CChC, está trabajando en la preparación de planes y proyectos, incluyendo carteras a nivel regional y municipal, con el objetivo de presentarlos al Ministerio de Vivienda y a los municipios. “Es importante incentivar la participación del privado en la definición de los planes o de los proyectos dentro de la estructura”, aseguró la directora de la CChC.

Además, explicó que “hoy día queremos también que se modifique la ley para que los Gobiernos Regionales (Gores) también puedan implementarla. Por lo tanto, nuestra labor consiste en dar a conocer la ley, generando la necesidad y la oportunidad entre nuestros socios y socias. De manera paralela, en colaboración con otras entidades como el CPI, estamos identificando las propuestas de modificación necesarias a nivel legislativo para asegurar una adecuada utilización de esta ley”.