CChC Osorno y Mutual organizaron charla sobre responsabilidad civil y penal en accidentes laborales

06 / 09 / 17
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La abogada de Mutual de Seguridad, Cecilia Castillo, fue la relatora de una interesante charla en la que se abordó la regulación sobre la responsabilidad civil y penal que tienen las empresas y sus colaboradores ante un accidente laboral, y que contempló también el análisis del criterio de los tribunales en su aplicación.
A esta actividad, organizada por la Comisión de Salud Laboral y Salud Ocupacional de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) Osorno y Mutual de Seguridad, acudieron socios y profesionales de empresas socias del gremio, quienes profundizaron sobre las responsabilidades y eventuales consecuencias derivadas de un accidente del trabajo, ya sea desde el ámbito civil como penal.
En primera instancia, los asistentes realizaron un repaso junto a la abogada sobre los conceptos claves de la ley 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Más adelante, Cecilia Castillo se refirió a las nuevas obligaciones de seguridad de los empleadores en situaciones de riesgo y emergencia. La profesional de la Gerencia Corporativa de Asuntos Legales de Mutual, hizo mención a que el pasado 9 de junio de 2017 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.012,que introduce un nuevo artículo 184 bis al Código del Trabajo, complementando el deber general de protección del empleador, establecido en el artículo 184 del mismo cuerpo normativo. Indicó que la nueva normativa establece obligaciones de seguridad para los empleadores, adicionales a aquellas que ya se contenían en el Código del Trabajo, en casos que sobrevenga un riesgo grave e inminente para la vida de los trabajadores.
La segunda parte de la charla se centró en el análisis de los accidentes laborales desde la perspectiva del derecho penal. Para ello, la profesional comentó lo estipulado en el artículo 490 y 492 del Código Penal, que sancionan como cuasi delito y responsabilizan al empleador por la falta de medidas de seguridad tendientes a proteger a sus trabajadores.
Haciendo referencia a fallos del Poder Judicial, Castillo explicó a los asistentes el criterio utilizado tanto para los Juzgados de Letras del Trabajo, así como para los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal, referido a estas materias.